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Derecho a huelga

El derecho a huelga es un derecho fundamental reconocido en el artículo 28.2 de la Constitución Española para la defensa de los intereses de las personas trabajadoras.

  • Es un derecho individual: cada persona es libre de hacer huelga o no.
  • No hay obligación de comunicar previamente que harás huelga ni de explicar tus motivos.
  • No se puede despedir, sancionar ni recortar derechos por participar en una huelga legal.
  • No se permite contratar personal para reemplazar a quienes ejercen este derecho.
  • En los sectores esenciales pueden establecerse servicios mínimos fijados por la Administración o la empresa. Si te han designado para cubrirlos, debes trabajar.
  • Durante la huelga se suspende el contrato y no se cobra el tiempo no trabajado, incluida la parte proporcional de pagas extra o descansos. Durante ese período tampoco se cotiza a la Seguridad Social.

Huelgas generales en España

  • 11/11/2026: reivindicación mejoras en salarios, viviendas y precios.
trabajo/huelga.txt · Última modificación: por tempwin