trabajo:huelga
Derecho a huelga
El derecho a huelga es un derecho fundamental reconocido en el artículo 28.2 de la Constitución Española para la defensa de los intereses de las personas trabajadoras.
- Es un derecho individual: cada persona es libre de hacer huelga o no.
- No hay obligación de comunicar previamente que harás huelga ni de explicar tus motivos.
- No se puede despedir, sancionar ni recortar derechos por participar en una huelga legal.
- No se permite contratar personal para reemplazar a quienes ejercen este derecho.
- En los sectores esenciales pueden establecerse servicios mínimos fijados por la Administración o la empresa. Si te han designado para cubrirlos, debes trabajar.
- Durante la huelga se suspende el contrato y no se cobra el tiempo no trabajado, incluida la parte proporcional de pagas extra o descansos. Durante ese período tampoco se cotiza a la Seguridad Social.
Huelgas generales en España
- 11/11/2026: reivindicación mejoras en salarios, viviendas y precios.
trabajo/huelga.txt · Última modificación: por tempwin
