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El contrato de trabajo
El contrato de trabajo es un acuerdo entre una persona trabajadora y un empleador por el que la primera se obliga voluntariamente a prestar servicios retribuidos por cuenta ajena y dentro del ámbito de organización y dirección del empleador, a cambio de una remuneración.
Esta relación laboral está regulada, con carácter general, por el Estatuto de los Trabajadores.
Tipos de contrato
- Contrato indefinido
- A jornada completa
- A tiempo partcial
- Fijo-discontinuo
- Contrato temporal
- A jornada completa
- A tiempo partcial
- Contrato formativo
La información que tiene que dar la empresa por escrito
El Real Decreto 723/2026 (en vigor desde el 05/10/2026) obliga a la empresa a informar al trabajador de forma mucho más detallada y por escrito sobre sus condiciones de trabajo.
Entre otras cosas, la empresa deberá informar sobre:
- Quién es tu empresa y dónde está ubicada.
- Tu puesto, categoría y funciones según el criterio del convenio (y no la clasificación interna de la empresa).
- Tu salario, diferenciando sus distintos conceptos.
- Cómo se calcula la parte variable de tu salario, cuando exista.
- Tu jornada, horario y turnos.
- Cómo se modifican los horarios y qué preaviso existe.
- Horas extraordinarias y su régimen.
- Vacaciones.
- Periodo de prueba y su duración.
- Formación a la que tengas derecho.
- Convenio colectivo aplicable.
- Mutua y Seguridad Social.
- La existencia de algoritmos o sistemas automatizados que puedan afectar a determinadas decisiones laborales.
- Los protocolos de igualdad, acoso y LGTBI aplicables.
Si el contrato de trabajo es anterior al 5/10/2026, se le puede solicitar a la empresa la información que te falte.
La empresa dispone de 30 días laborables para facilitar la información solicitada.
Además, los cambios que se produzcan después del 5 de octubre también deberán comunicarse conforme a las nuevas reglas.
El convenio colectivo
Un convenio colectivo es un acuerdo negociado entre los representantes de las personas trabajadoras y los empresarios o sus representantes para establecer las condiciones de trabajo y de productividad dentro de un determinado ámbito.
La relación con el contrato de trabajo puede entenderse así
Ley → convenio colectivo → contrato de trabajo
El contrato individual debe respetar las normas laborales y el convenio colectivo que le resulte aplicable.
El artículo 3 del Estatuto de los Trabajadores establece que los derechos y obligaciones laborales se regulan, entre otras fuentes, por:
- Las disposiciones legales y reglamentarias.
- Los convenios colectivos.
- El contrato de trabajo.
- Los usos y costumbres locales y profesionales
Un contrato laboral puede mejorar lo establecido en el convenio y/o en la ley superior, nunca empeorarlo.
